La AFIP
controlará de cerca los gastos con tarjeta que superen $3.000
mensuales
A partir de enero próximo, las entidades
administradoras de sistemas de tarjetas de crédito deberán informar
mensualmente a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
todos las operaciones que superen los 3.000 pesos
Mediante la
Resolución General 2743, publicada en el Boletín Oficial de hoy, el
organismo que conduce Ricardo Echegaray implementó un régimen de
información que las administradoras de tarjetas deberán cumplir el
día 26 de cada mes inmediato siguiente al del período informado.
En base a razones de "administración tributaria", la AFIP requerirá
los datos de los vendedores, locadores o prestadores de servicios,
las tarjetas de crédito o de compra utilizadas, sean locales o
emitidas en el exterior, y el monto total de los consumos realizados
en el mes, tanto por el titular del respectivo "plástico" como por
los adicionales y extensiones.
La Resolución de la AFIP establece que la información deberá
suministrarse "cuando la sumatoria de las operaciones canceladas con
las tarjetas utilizadas por cada titular, más las utilizadas por
usuarios, titulares adicionales y/o beneficiarios de extensiones sea
igual o superior a 3.000 pesos mensuales"
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