LOS NUEVOS
PRECIOS DE LAS MULTAS POR INFRACCIONES DE TRANSITO
La Legislatura porteña sancionó una
modificación al Régimen de Faltas por la cual se endurecen algunas
multas por infracciones de tránsito y se fijan nuevos montos, por
ejemplo de 600 pesos para quien envíe mensajes de texto mientras
conduce o hasta 3.000 pesos para quien exceda las velocidades
máximas
La norma -sancionada en el marco de
una extensa sesión- modifica la Ley 451 y fija un importe único para
la mayoría de las infracciones de tránsito, hasta tipificadas con un
valor mínimo y uno máximo, cuya aplicación es decidida por los
controladores (los funcionarios que resuelven sobre el monto de las
multas y si éstas corresponden).
Por ejemplo, con esta modificación, cuando el conductor se encuentre
"redactando o enviando mensajes de texto", será sancionado con una
multa de 600 unidades fijas (hoy en día 1 peso, por lo cual la multa
será fijada en 600 pesos), mientras que antes había una banda de
entre 200 y 2.000 pesos como mínimo y máximo.
El presidente de la Comisión de Tránsito de la Legislatura, Daniel
Amoroso, quien impulsó la iniciativa, sostuvo que estas
modificaciones "vienen a sincerar una serie de situaciones que se
dan cotidianamente, y buscan disuadir a quienes cometen
infracciones, para que dejen de hacerlo".
Según esta norma, por pasar un semáforo con luz roja la modificación
plantea una banda de un mínimo de 600 y un máximo de 3.000 pesos,
mientras que hasta ahora estaba fijada en un mínimo de 300 y un
máximo de 3.000 pesos.
En el caso de la violación de límites de velocidad, la norma señala
que será sancionado con multa de 300 a 1.500 unidades fijas cuando
circule en exceso de hasta 20 kilómetros por hora en la velocidad
permitida para el tipo de arteria y hasta 40 kilómetros por hora en
el caso de vías rápidas.
Habrá sanciones de 600 a 3.000 unidades fijas cuando circule en
exceso de más de 20 kilómetros por hora en la velocidad permitida
para el tipo de arteria y en más de 40 kilómetros por hora en el
caso de vías rápidas.
Anteriormente, había sólo una banda con un mínimo de 100 pesos y un
máximo de 1.000 pesos para todos los casos de exceso de velocidad.
Cuando se trate de vehículos de carga o de transporte de pasajeros o
de transporte de personas menores de edad o de personas con
necesidades especiales, y en ambos supuestos, dichos montos se
elevarán al doble en el caso de esta nueva norma.
En el caso del conductor de un vehículo que estacione en lugar
tarifado y/o medido en la vía pública y permanezca en él por un
tiempo de hasta una hora en exceso del efectivamente abonado, será
sancionado con multa de 300 unidades fijas.
Antes, para estas infracciones las multas eran de un mínimo de 25
unidades fijas y un máximo de 100 unidades.
Por falta de licencia de conducir, antes las multas eran desde 100
hasta 1000 unidades fijas y ahora quedan fijadas en 300 pesos,
mientras que por conducir con la licencia vencida antes eran de 50 a
100 unidades fijas y ahora pasan a ser de 300.
Por conducir sin anteojos o lentes de contacto, antes las multas
iban desde 100 hasta 1000 unidades, mientras que ahora quedaron
fijadas en 300. Por no contar con chapas patente antes estaban
fijadas en un mínimo de 200 hasta un máximo de 2.000 unidades, pero
ahora quedan en 600 unidades.
La falta del seguro obligatorio era castigada hasta ahora con multas
de 500 hasta 5.000 unidades fijas, y ahora ese monto pasa a 600. Por
circular sin cinturón de seguridad, pasa de un mínimo de 50 hasta un
máximo de 500 unidades, a 300 unidades.
En tanto, por "manipular un teléfono celular" mientras se conduce,
antes las multas iban de un mínimo de 100 hasta un máximo de 1.000
unidades, y ahora quedan fijadas en 300 unidades
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