La AFIP perdona 20% de las
deudas bajo inspección que se adhieran al blanqueo
A través de una nueva norma interna, el
organismo a cargo de Ricardo Echegaray obliga a dejar de lado los
procedimientos de investigación abiertos, siempre y cuando, el
contribuyente regularice el 80% del ajuste impositivo establecido.
Conozca los alcances del alivio extra del acuerdo fiscal
Sin lugar a dudas, los mayores
esfuerzos realizados por la Administración Federal de Ingresos
Públicos (AFIP) durante este año están orientados a potenciar y
maximizar los resultados de la amplia moratoria impositiva y el
régimen de blanqueo puestos en marcha por el Gobierno nacional a
fines de 2008.
Para lograr el objetivo, el organismo
que conduce Ricardo Echegaray no ahorró en
esfuerzos. Primero venció la traba establecida por la Ley Penal
Cambiaria. Puntualmente, consiguió -vía dictamen del procurador del
Tesoro, Osvaldo Guglielmino- que quienes decidan blanquear sus
fondos se encuentren a salvo de las sanciones previstas por el
citado marco legal.
De igual manera, en lo que constituía el paso más arriesgado hasta
el momento, el fisco nacional decidió flexibilizar los
requisitos de bancarización que permiten acceder a los
beneficios previstos en el denominado "Acuerdo Fiscal". En efecto,
ya no es obligatorio depositar los fondos blanqueados
en un banco cuando el dinero se encuentre en el país y se
destine a inversiones en la economía real.
De manera complementaria, la AFIP
amplió el menú de posibles inversiones para convertir en más
tentadora la oferta.
Pero siempre se puede ir más allá. A fin de superar
las medidas anteriores, el fisco nacional emitió una
instrucción interna a la que tuvo acceso exclusivo
iProfesional.com en la cual Echegaray instruye a
los inspectores a perdonar el 20% de las deudas bajo
fiscalización que se adhieran al blanqueo
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