Para la Corte de La
Haya, no hay motivos para que se cierre la pastera Botnia
El tribunal de Justicia internacional
consideró que no era el adecuado para determinar si la planta emite
malos olores, aunque ratificó que no se encontró fósforo ni oxígeno
en las aguas. No obstante, entendió que el país vecino no informó
correctamente a la Comisión Administradora del Río Uruguay antes de
autorizar la construcción de las pasteras
La Corte Internacional de La Haya
reprochó hoy a Uruguay no haber informado debidamente la
construcción de plantas de celulosa sobre el Río Uruguay, pero
consideró que no hay evidencias de que Botnia contamine y por lo
tanto dispuso que siga funcionando en Fray Bentos.
Para el tribunal, Montevideo no respetó el Estatuto del Río Uruguay
al permitir la construcción de los proyectos de plantas de celulosa
de Botnia y Ence y otras edificaciones sobre la margen oriental de
ese curso compartido.
Pero al mismo tiempo, consideró que no se violó ese tratado desde
que la planta comenzó a funcionar en Fray Bentos en noviembre de
2007, al evaluar que la Argentina no pudo probar que se haya
producido un perjuicio sensible al ecosistema.
Inmediatamente, los asambleístas de Gualeguaychú que esperaban el
fallo reunidos en el paraje Arroyo Verde, donde la ruta está cortada
desde hace más de tres años, reaccionaron con bronca e indignación.
Durante casi dos horas y media, el principal tribunal de Naciones
Unidas se dedicó a dar una de cal y una de arena a los dos países
por la controversia.
Por 13 votos contra 1, el tribunal consideró que Uruguay ha
incumplido con las obligaciones procesales del Estatuto: esto tiene
que ver con informar en su momento sobre los proyectos de planta de
celulosa.
Pero por 11 votos a 3 dijo que no lo ha incumplido en sus cuestiones
de fondo.
El tribunal de La Haya tampoco avaló demandas de la Argentina por
contaminación visual o sonora ni se declaró competente en el caso
del impacto turístico que podría acarrear el funcionamiento de las
plantas de pasta de celulosa.
Para la Corte, Uruguay dio prioridad a su normativa interna y no
respetó el Estatuto de 1975 ni los tratados internacionales que se
aplican en la materia, como el de Viena.
Al leer el fallo en el litigio rioplatense, el vicepresidente a
cargo de la Corte, Peter Tomka, señaló que "Uruguay no respetó el
primer apartado que le confiere el Estatuto del Río Uruguay", que es
el de darle intervención en todo lo concerniente a ese curso a la
Comisión Administradora del Río Uruguay.
La Corte afirma que Uruguay habilitó los proyectos de Botnia y Ence
sin informar debidamente al órgano competente, como establece el
Estatuto en sus artículos 7 al 12.
En cuanto a los efectos del funcionamiento de la planta de capitales
finlandeses, consideró hoy que la Argentina no logró probar que la
planta de pasta de celulosa de Botnia haya contaminado el ecosistema
del Río Uruguay, y en ese contexto, evaluó que "no es adecuado"
ordenar "el cese" de las operaciones o "el desmantelamiento" de la
fábrica.
"La Argentina no aportó pruebas concluyentes" que permitan
establecer que la pastera ubicada en Uruguay esté "afectando la
calidad de las aguas o el equilibrio biológico" del río fronterizo,
señaló el Tribunal.
La lectura del veredicto comenzó pasadas las 15.00 (hora de La
Haya), las 10.00 de la Argentina, con la realización de un minuto de
silencio en memoria de Héctor Gros Espiell, quien fue el jefe del
equipo jurídico uruguayo ante ese tribunal
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