NUEVA LEY DE
ALQUILERES EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La norma sancionada por la Legislatura
bonaerense busca "corregir los largos juicios de desalojo por falta
de pago de alquiler o vencimiento de contrato, que suelen durar más
de dos años", según el proyecto parlamentario
Los inquilinos morosos de la provincia
de Buenos Aires podrán ser desalojados en forma inmediata, a partir
de la ley que sancionó la Cámara de Diputados, que establece la
incorporación de un artículo al Código Procesal Civil y Comercial
bonaerense.
El artículo 667 incorporado al Código Procesal Civil protege al
locador frente a dilaciones procesales que se presenten,
asegurándole el pleno ejercicio del derecho de propiedad.
Asimismo, establece un mismo procedimiento de desalojo que el
artículo 648 bis del Código nacional.
De esta manera, se impide que el inquilino interponga una serie de
trabas en el proceso, tendiente sólo a demorar el juicio y continuar
con el uso de la propiedad por un tiempo más.
Una vez que se promulgue la ley, la sola revisión del contrato en
caso de vencimiento o la constatación de la falta de pago serán
causas suficientes para ordenar el desalojo, independientemente de
la continuidad del juicio iniciado.
Para evitar abusos, la norma incorpora una medida disuasiva en caso
de fraude por parte del locador, el que podrá ser sancionando "con
toda severidad mediante el pago de una multa pecuniaria
significativa, cuando este haya actuado utilizando en forma ilegal
la ley que lo favorece".
En este caso, el dueño de la propiedad puede ser sancionado con una
multa de hasta 20 mil pesos, más los daños y perjuicios que
ocasionare, "que quedan garantizados, tanto en la multa, como con
una caución real", indica la normativa.
La ley, está basada en un proyecto del presidente interino de la
Cámara de Senadores provincial, Federico Scarabino
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