LOS QUE NO
VOTARON EN LAS PRIMARIAS IGUAL PODRAN HACERLO EN OCTUBRE ACLARO LA
CAMARA ELECTORAL
El tribunal dejó sin efecto una decisión de la
jueza María Servini de Cubría. Dijo que ninguna disposición legal
determina que el elector que hubiera omitido votar en agosto, aún
injustificadamente, puede ser privado de su derecho en las generales
La Cámara Nacional Electoral,
integrada por los doctores Rodolfo E. Munné, Santiago H. Corcuera y
Alberto R. Dalla Via,
aclaró que el incumplimiento del deber de votar en las elecciones
primarias del pasado 14 de agosto no constituye un impedimento para
votar en los comicios generales del próximo 23 de octubre dejando
así sin efecto lo resuelto por la Dra. Servini de Cubría.
El Tribunal, autoridad superior en
materia electoral, explicó que ninguna disposición legal determina
que el elector que hubiera omitido votar -aun injustificadamente- en
las elecciones primarias, puede ser privado de su derecho al voto en
las elecciones generales por esa sola razón
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