LANZAN UN FUERTE
CONTROL SOBRE LOS MONOTRIBUTISTAS
Los pequeños
contribuyentes que se encuentran en las categorías más altas deben
cumplir -antes de fin de mes- con un estricto régimen de información
La Administración Federal de Ingresos
Públicos (AFIP) ya puso en marcha una importante avanzada que recae
sobre los pequeños contribuyentes que más facturan.
En efecto, a partir de este mes, quienes se encuentren en los
escalones más altos del régimen simplificado comenzaron a facturar
de manera electrónica. Puntualmente, la nueva obligación alcanza a
quienes facturen más de $10.000 al mes.
Complementariamente, los monotributistas que superen $6.000
mensuales de ingresos facturados tendrán -hasta fin de mes- para
cumplir con un estricto régimen de información.
Cerrando el círculo de la avanzada, el fisco nacional obliga a todos
los pequeños contribuyentes a cumplir con la habitual
recategorización cuatrimestral.
Obligaciones múltiples
En lo que constituye un paso más hacia la generalización del
régimen, a partir de este mes, los monotributistas que más ganan
tienen que adherirse al régimen de factura electrónica.
En una primera etapa, la nueva obligación alcanza -en líneas
generales- a:
Los monotributistas profesionales que facturen entre $10.000 y
$16.667 al mes.
Los pequeños contribuyentes que realicen otras actividades, con
ingresos mensuales que se ubiquen entre $10.000 y 25.000 pesos.
Complementariamente, los monotributistas que ganan más de $6.000 al
mes están obligados a informar entre otros datos:
El total de ventas del primer cuatrimestre del año, con indicación
de las facturas emitidas durante ese lapso.
Los montos de las compras efectuadas, con la identificación de los
cinco principales proveedores y de los cinco clientes más
importantes.
Si son propietarios o inquilinos del local explotado.
La CUIT del propietario, vigencia del contrato de locación y monto
de los alquileres devengados, de corresponder.
La cantidad de energía consumida, CUIT del sujeto a cuyo nombre se
emite la factura e identificación de la empresa proveedora de
energía eléctrica.
Quienes no cumplan con el régimen de información, deberán afrontar
multas de hasta $45.000 y podrán ver reducidos a la mitad sus
ingresos. Esto es así, ya que, una vez verificado el incumplimiento,
el fisco nacional comenzará a aplicar retenciones en el IVA y en
Ganancias a la máxima tasa posible.
Por último, el padrón completo de monotributistas tiene hasta el 20
de mayo próximo para actualizar su situación impositiva ante la AFIP.
En efecto, los pequeños contribuyentes deberán recategorizarse en
base a los ingresos brutos obtenidos, la superficie afectada a la
actividad que realizan, la energía eléctrica consumida y a los
alquileres devengados entre mayo del año pasado y este mes.
De exceder uno de los límites antes mencionados, automáticamente el
responsable tendrá que avanzar hacia una categoría superior con la
consiguiente suba en el monto del impuesto mensual a pagar
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