¿Qué debe hacer un ciudadano que
no pudo votar por no figurar en el padrón?
Deberá concurrir a la Secretaría
Electoral de su distrito para justificar la no emisión del voto El
domicilio de la Secretaría Electoral correspondiente se puede
averiguar a través de la página web
www.pjn.gov.ar. También podrá realizar el trámite en la Cámara
Nacional Electoral, de 8 a 13.30 horas.
¿Cuál es el trámite que debe
realizar aquella persona que no tenía su DNI el día de los comicios?
Debe realizar la denuncia de extravío
correspondiente.
¿Qué debe hacer una persona que se
encontraba a más de 500 kilómetros de distancia de su lugar de
votación?
Deberá presentarse en la Secretaría
Electoral más cercana a su domicilio según el domicilio que figure
en el DNI o ante la Cámara Nacional Electoral, y en un plazo no
mayor a 60 días posteriores a la elección, el certificado emitido el
día de la elección por la Policía para justificar la ausencia.
¿Qué pasa si un ciudadano estaba
enfermo el día de los comicios?
Debe presentar ante la Secretaría
Electoral del distrito que corresponda según su domicilio legal el
certificado médico correspondiente o ante la Cámara Nacional
Electoral. El plazo de presentación también es de 60 días
posteriores al día de las elecciones.
¿Qué sucede si el interesado tiene
la constancia que justifica la ausencia pero no realiza el trámite?
Estará inhabilitado para ejercer
cargos públicos por el término de tres años e imposibilitado de
realizar trámites ante organismos públicos, como por ejemplo renovar
el pasaporte.
¿Qué pasa si un ciudadano fue a
votar pero no le sellaron el documento?
Deberá presentarse en la Secretaria
Electoral correspondiente para regularizar su situación .
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