Sitios Argentina - Como funciona el sistema de devulucion de impuestos a Turistas en Argentina


REINTEGRO DE IVA A TURISTAS EXTRANGEROS EN ARGENTINAS 

Régimen de Reintegro del I.V.A. a turistas extranjeros

¿Cuál es el objeto del régimen de reintegro?

Tiene como objeto el reintegro del impuesto al valor agregado facturado a los turistas del exterior que efectúen adquisiciones de bienes gravados producidos en el país

¿Qué requisito debe reunir el comerciante y qué trámite debe realizar para adherir al sistema de reintegro?

Los comerciantes deberán revestir la condición de responsables inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado y ejercer la opción de adherir al régimen mediante el pago, a una o ambas empresas adjudicatarias de la prestación del servicio de devolución, de una cuota anual que no podrá superar el valor de $ 100

¿Cuáles son las empresas adjudicatarias?

30698979751 GLOBAL BLUE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA

Juan B Justo 637 8º piso (1425) Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel.: 5238-1970, Fax: 5238-1976 Página Web: www.global-blue.com.

 

30710875215 PREMIER TAX FREE S.A.

Lavalle 437 4º piso B (1047) Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel.: 4326-2341, Fax: 4326 2752

Página Web: www.premiertaxfree.com/.

¿Cuál es el monto mínimo de compra para acceder al reintegro?REINTEGRO DE IVA A TURISTAS EXTRANGEROS EN ARGENTINAS

El reintegro del impuesto al valor agregado será efectuado sólo cuando el importe sea igual o superior a $ 70 por cada factura o tique factura.

¿Quién deberá efectuar el reintegro?

El reintegro del impuesto al valor agregado será efectuado por la empresa adjudicataria de la prestación del servicio de devolución.

¿Cuáles son las obligaciones que debe cumplir el comerciante al momento de efectuar una venta a un turista del exterior?

Los comerciantes adheridos al sistema deberán:

a) Constatar la condición de turista del exterior del adquirente mediante la tarjeta o comprobante que entrega la Dirección Nacional de Migraciones, y el pasaporte o documento de identidad.

b) Confeccionar facturas tipo "B" o emitir, mediante la utilización de controladores fiscales, facturas tipo "B" o tique facturas tipo "B". El documento que se emita deberá contener exclusivamente productos sujetos a reintegro, y consignar en el espacio destinado a la descripción del bien vendido la leyenda "Bienes gravados producidos en el país".

c) Consignar complementariamente en el citado comprobante, los siguientes datos:

-Respecto del turista del exterior: número de pasaporte o documento de identidad, apellido y nombres y domicilio en el país de residencia.

-Respecto de la operación: número del "cheque de reintegro" entregado al turista del exterior y nota al pie indicando el importe del impuesto al valor agregado y -de corresponder- del impuesto interno, contenidos en la factura tipo "B" o tique factura tipo "B".

d) Entregar al turista el "cheque de reintegro" proveído por la empresa adjudicataria y completar, de corresponder, la totalidad de sus datos

¿Cómo debe efectuar el reembolso el comerciante a la empresa adjudicataria?

En función de la liquidación recibida por la empresa adjudicataria, el comerciante deberá reembolsar las sumas correspondientes a la misma mediante:

 

a) Cheque nominativo extendido a nombre del emisor de la liquidación, cruzado y con la cláusula "no a la orden"; en el anverso del mismo deberá consignarse la leyenda "para acreditar en cuenta".

b) Cheque de pago diferido, emitido a nombre del emisor de la liquidación, cruzado y con la cláusula "no a la orden".

c) Acreditación en la cuenta bancaria del prestador, por procedimientos manuales o electrónicos

¿Qué carácter tienen las sumas abonadas por el comerciante en concepto de reembolso?

Dichos pagos serán computados por el comercio adherido como crédito fiscal en la declaración jurada del impuesto al valor agregado correspondiente al mes en que se efectúe el reembolso

¿En qué momento se hace efectivo el reintegro del impuesto al turista?

El monto será reintegrado en efectivo al momento de la salida del país, o mediante giro a su domicilio del exterior o acreditación en su tarjeta de crédito previa verificación de la documentación pertinente por el personal aduanero

¿CÓMO SE DECLARA EL CRÉDITO FISCAL RELACIONADO AL RÉGIMEN DE TUR IVA?

Para declarar el Crédito Fiscal relacionado al régimen de Tur IVA, deberá acceder a la solapa Compras, ítem Por Tur IVA y realizar la carga teniendo en cuenta estas consideraciones:

-Campo Número de Liquidación: Se declara la liquidación que la empresa adjudicataria le realiza al vendedor por el importe total del impuesto al valor agregado contenido en las adquisiciones de bienes efectuadas por los turistas extranjeros.

-Campo Fecha: Se declara la fecha en la que el vendedor recibe la liquidación.

-Campo Crédito fiscal a computar: Se declara el pago efectuado a la empresa adjudicataria del importe del impuesto al valor agregado (incluído en la liquidación que la empresa adjudicataria le emite al vendedor).

El mismo será computable como crédito fiscal en el período en que se haya efectuado dicho reembolso.

Referencia Normativa: RG 380/99, Dto. 1099/98.

Compartir este articulo :

 

LISTA DE IMPUESTOS QUE EXISTEN EN LA ARGENTINA

IMPUESTOS en ARGENTINA


Home  |  Cómo incluir tu Pagina aquí  |  Noticias & Actualidad  |  Publicidad & Consultas
 
© Copyright 2001 - 2021 Sitios Argentina .com.ar | Permitido el uso del contenido citando la fuente.