12
MOTIVOS PARA JUSTIFICAR Y MANTENER LOS SUBSIDIOS
Aquellos que cuenten con un certificado de
discapacidad, tengan alguna enfermedad crónica, perciban
pensiones no contributivas o algún plan social, entre
otros motivos, podrán mantener las tarifas subsidiadas.
Desde el 1 de enero los usuarios de los servicios de
agua, gas y energía eléctrica del área metropolitana de
Buenos Aires se quedaron sin subsidios
Los usuarios de los servicios
de agua, gas y energía electrica del área metropolitana de Buenos
Aires, podrán solicitar el mantenimiento de los subsidios para
dichos servicios, si sus casos se encuadran dentro de los 12 motivos
que asi lo justifiquen, recordaron fuentes del Ministerio de
Planificación.
Los 12 motivos por los que se mantendrán los subsidios son:
1 -Si usted acredita una enfermedad crónica que implique un mayor
consumo del servicio.
2 - Si usted percibe como único ingreso provisional una jubilación
y/o pensión equivalente a un haber mínimo. Comprende a aquellos
jubilados o pensionados que viven en cualquiera de las zonas donde
será enviada la Declaración Jurada y que tengan como único haber
esta remuneración mínima.
3 - Si usted percibe Pensiones No Contributivas. Se trata de las
pensiones a la vejez, por invalidez y a madres de 7 o más hijos.
Este tipo de pensiones se otorgan a personas mayores de 70 años,
mientras que las que son por invalidez están dirigidas a quienes
presenten un 76 por ciento o más de invalidez o discapacidad. Las
destinadas a madres de 7 o más hijos contemplan a quienes sean o
hayan sido madres de 7 o más hijos nacidos vivos, biológicos o
adoptivos.
4 - Si usted es destinatario de algún Plan o Programa Social
(Asignación Universal por Hijo, subsidios por Desempleo, Plan
Familias, etc.)
5 - Si usted tiene el domicilio afectado por actividades de índole
social (institutos, comedores comunitarios, centros de recuperación
etc.)
6 - Si usted percibe alguna asignación familiar. Es el salario
familiar que cobran, por hijo, los trabajadores registrados que
ganan hasta $ 5.200.
7 - Si en su vivienda conviven múltiples hogares. Es decir en
aquellas viviendas en que viven padres, hijos, nietos.
8 - Si su vivienda posee un local anexo destinado a la actividad
comercial (pequeños comercios, talleres de oficio, etc.)
9 - Si usted cuenta con certificado de discapacidad. Cualquiera sea
el motivo.
10 - Si usted posee características edilicias desfavorables que
impliquen la utilización de un mayor consumo del servicio. Es decir,
aquellas viviendas precarias con familia numerosa o vivienda
precaria carente de de alguno de los servicios (agua o gas), etc.
11 - Si usted se encuentra exento del pago de ABL. Aquellos que
estén exentos del pago del ABL, por lo cual el municipio lo haya
exceptuado por razones sociales. No se va a averiguar, sino que se
van a hacer muchos convenios con los municipios.
12 - Si usted posee ingresos familiares insuficientes para aportar
el pago de la tarifa plena
|
|