A través de una normativa publicada en el Boletín
Oficial, las empresas tendrán que declarar los datos
de sus clientes
cuando el plan supere los $ 2 mil.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
implementó este nuevo régimen de información que deberán cumplir las
empresas prestadoras de servicios de medicina prepaga.
La resolución entrará en vigencia a partir
del 1 de abril de 2012. Una vez implementada, las prepagas
deberán suministrar a la AFIP, mensualmente, el nombre y apellido de
sus afiliados, el documento de identidad, el domicilio, datos
descriptivos del vínculo entre la empresa y el titular, el valor de
la cuota y la cantidad de beneficiarios del plan .
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