La Cámara del Crimen afirmó
que es "lícita" la actividad realizada en un departamento de la
Ciudad de Buenos Aires por "tres mujeres que estarían brindando
servicios sexuales a cambio de dinero”, en la medida que ello no
implique violación a la ley de profilaxis ni explotación o trata de
personas
Los magistrados Luis Bunge Campos y Gustavo Bruzzone
confirmaron un fallo de primera instancia que hizo referencia a la
"licitud" de esa actividad en un "ámbito privado" donde "no existe
ni el menor indicio de la existencia de persona alguna que explote,
promueva o facilite la prostitución”.
La resolución se dictó en el marco de una causa
iniciada por la Dirección General de Inspección del Ministerio de
Ambiente y Espacio Público del Gobierno porteño ante la aparición de
volantes adheridos improvisadamente en la vía pública, en los que se
ofrecía sexo y un teléfono de contacto.
El organismo comunal aludió a "la fijación indebida
de anuncios publicitarios en distintos mobiliarios urbanos, y en
virtud de haberse intentado localizar al infractor se pudo inducir
la posible infracción a la ley de profilaxis”, motivo por el cual el
juzgado correccional interviniente dispuso "tareas de inteligencia".
Así se identificó que los teléfonos estaban a nombre
de tres mujeres mayores de edad y que, en el departamento donde se
concretaban los encuentros, se ofrecían "servicios" sexuales con
distinta tarifa que iban desde los 80 a los 200 pesos, según la
duración de la relación.
"No surgen motivos para presumir que en el domicilio
citado se esté violando la ley de profilaxis”, sostuvieron los
magistrados que añadieron que “sólo puede deducirse que en el lugar
habría tres mujeres que estarían brindando servicios sexuales a
cambio de dinero”.
En ese sentido, explicaron que "la actividad que
allí se desarrollaría sería lícita, toda vez que no existe ni el
menor indicio de la existencia de persona alguna que explote,
promueva o facilite la prostitución” .
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