Dosis mínimas
coactivas de cada droga.
Las dosis mínimas
coactivas de cada droga han sido establecidas por el Instituto
Nacional de Toxicología, y recogidas en unas tablas que han sido
remitidas al Tribunal Supremo el pasado mes de enero. A modo de
ejemplo la posesión de 10 miligramos de hachís consituye delito.
La Sala Penal del Tribunal Supremo ha fijado en una sentencia que 10
miligramos de hachís
constituyen
la "dosis mínima psicoactiva" de esta droga que resulta nociva para la
salud y afecta a las funciones físicas o psíquicas de una persona, por
lo que, a partir de esa cantidad, el tráfico de esa sustancia
constituye delito.
En el caso de la cocaína, la cantidad es de 50 miligramos, la heroína,
de 0,66 miligramos y el "éxtasis", de 20 miligramos.
No obstante, la Sala indica que esas cuantías tienen el valor de
"simple referencia, susceptible de cuantas matizaciones pueda
aconsejar el caso concreto", aunque suponen una referencia genérica
que sirve para unificar las decisiones de los tribunales.
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