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Por atropellar y matar a un chico, deberá presenciar una cirugía

POSADAS.- En un fallo sin precedente en la justicia provincial, un juez correccional condenó a presenciar una intervención quirúrgica a un colectivero que, en 1999, había atropellado y dado muerte a un niño de 11 años.
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La curiosa sentencia fue resuelta anteayer por el juez en lo correccional de menores de esta ciudad César Raúl Jiménez, de 43 años, quien, en diálogo con LA NACION, sostuvo que "el fallo no tiene un espíritu punitivo, sino que es para que los conductores de automotores, y más en este caso de un transporte público, tomen conciencia del daño que ocasionan en las personas".
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El chofer condenado es Ramón Rodríguez Dos Santos, de 44 años, al que se lo encontró culpable del delito de homicidio culposo. Por ello, el magistrado le impuso dos años de prisión en suspenso, cinco años de inhabilitación para conducir, más la aleatoria de presenciar la operación de una persona que haya sufrido un accidente de tránsito.
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Para resolver esta causa judicial se recurrió a una testigo ocular del hecho, "que aportó datos importantes para esclarecerlo", dijo Jiménez.
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Según el magistrado, hablar de los accidentes de tránsito no es hablar de un tipo delictivo nuevo. "Sabemos que somos el tercer país con mayor índice de muertos en accidentes de tránsito, de personas menores de 30 años", sostuvo.
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Al referirse a su provincia, Jiménez precisó que "Misiones se sitúa en los primeros lugares del país en accidentes de tránsito".
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El hecho por el cual fue condenado Dos Santos sucedió el 6 de abril de 1999, al mediodía, sobre la avenida Uruguay, de la capital provincial.
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En ese momento, el chico viajaba con su madre, Marta Catalina Achingo, en una moto del tipo scooter.
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Según el relato de los testigos, cerca de la esquina con la calle Bustamante la moto fue tocada por el colectivo. La madre del pequeño perdió el control del vehículo y el chico recibió en el accidente heridas graves que más tarde derivaron en su muerte.
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El chofer del ómnibus, además, fue sentenciado a cinco años de inhabilitación para conducir cualquier tipo de vehículo y dos años de prisión en suspenso. Fue encontrado culpable del delito de homicidio culposo, una figura que está prevista en el artículo 84 del Código Penal.
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Ese texto señala que "será reprimido con prisión de seis meses a cinco años e inhabilitación especial, en su caso, por cinco a diez años, el que por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o inobservancia de los reglamentos o de los deberes de su cargo causare a otro la muerte".
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"El mínimo de la pena se elevará a dos años si fueren más de una las víctimas fatales, o si el hecho hubiese sido ocasionado por la conducción imprudente, negligente, inexperta, o antirreglamentaria de un vehículo automotor", agrega.
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Fuentes judiciales señalaron que el juez se pondrá en contacto con autoridades de Salud Pública para concertar el momento y el lugar en el que el condenado pueda presenciar la intervención quirúrgica.
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Entonces el chofer pasará por el quirófano en calidad de espectador y deberá llevar a las autoridades judiciales una constancia de su experiencia, de acuerdo con el veredicto.

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