La resolución 3831 del organismo recaudador, que se publica este jueves en el Boletín Oficial, formaliza el anticipo realizado en cuanto a la devolución en un pago de las retenciones realizadas en exceso. Tal devolución deberá ser efectuada “al realizarse la primera liquidación” posterior a la fecha de publicación de la medida, es decir, con los haberes de este mes. …
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