El Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (Renatea) informó que amplió la cobertura del Sistema Integral de Prestaciones por Servicio de Sepelio. Señaló que ahora otorgará siete veces el valor del salario mínimo mensual que establezca la Comisión Nacional de Trabajo Agrario, (que actualmente equivale a 30.000 pesos) en caso de fallecimiento de un trabajador o trabajadora agrario. Además, indicó que en el caso de que el fallecido sea miembro integrante del grupo familiar del trabajador la suma es de cinco veces el salario mínimo, que actualmente equivale a 20.000 pesos. «Este nuevo sistema de prestaciones tiene como objetivo brindar una respuesta eficaz a las necesidades de los trabajadores agrarios o su grupo familiar durante las contingencias que se derivan de un fallecimiento e implica un rotundo cambio de paradigma en la lógica en que venían concibiendo las prestaciones», señaló el organismo en un comunicado, y aclaró que «el sistema anterior solo incluía el pago de los gastos del sepelio». “Con estas medidas Renatea potencia su capacidad para contener y aportar soluciones a cada problema que pueda tener un trabajador agrario en cualquier lugar del país. Entendemos que estas políticas públicas son prioritarias en el marco de un Estado cada vez más inclusivo”, explicó el Director General del registro, Guillermo Martini. En el marco de la visión de protección integral al trabajador que impulsa la ley 26.727 el sistema también prevé acceso a intermediación laboral y capacitación para los hijos mayores y/o cónyuge o conviviente del trabajador agrario fallecido, otorgamiento de prestaciones por desempleo, acceso o continuidad de espacios de contención para niños o niñas a cargo de Renatea, acceso a becas educativas en caso de menores y asesoramiento jurídico gratuito. Esta nueva herramienta forma parte de la estrategia integral que viene desarrollando Renatea en todo el país por la plena aplicación de la ley 26.727 que garantiza plena cobertura para todos los trabajadores agrarios de nuestra patria.
Nuevas prestaciones por fallecimiento del Renatea
Que opinas? Deja tu comentario