En medio de la reforma jubilatoria que lanzó el Gobierno, y ahora espera ser aprobada por el Congreso, figura la Pensión Universal para el Adulto Mayor. ¿De qué se trata? Se pagará a toda persona mayor a 65 años que no perciba haberes previsionales ni ningún otro plan social de los que otorgan la Nación, las provincias o los municipios. Tampoco podrá ser solicitada por quienes estén cobrando el seguro de desempleo. El haber será equivalente al 80% de la jubilación mínima y se actualizará cada seis meses. Será de $ 3.967. Algo que merece destacarse es que ese derecho a pensión no puede ser percibido por un familiar del beneficiario. Solo podrán solicitarlo ciudadanos naturalizados, con residencia mínima legal de 10 años, o a extranjeros con residencia mínima y legal de 20 años en el país, de los cuales los últimos 10 deben ser inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud del beneficio. Lo destacable es que esta pensión es compatible con el desempeño de cualquier actividad en relación de dependencia o por cuenta propia.
¿Qué alcance tiene la Pensión Universal para el Adulto Mayor?
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