Rechazaron desafuero y detención de Julio De Vido
El ex ministro de Planificación kirchnerista y diputado nacional Julio De Vido quedó hoy a salvo de un pedido de desafuero y detención, porque el juez federal Luis Rodríguez dispuso que «no hay el estado de sospecha suficiente» que justifique un llamado a indagatoria en la causa por las malversación de casi 265 millones de pesos en la causa Río Turbio.
Esta tarde, en medio de una seguidilla de rumores, el juez Rodríguez dispuso el secreto de sumario en la investigación, por el plazo de diez días -lo que habilita el Código Procesal Penal- para llevar adelante una serie de diligencias sin que las novedades puedan filtrarse a la prensa.
Apenas un rato después, el Centro de Información Judicial difundió un comunicado diciendo: «Ante los trascendidos periodísticos, el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 9 aclara que el Juez Federal Luis Rodríguez en la resolución adoptada en el día de la fecha dispuso profundizar la investigación e implantar el secreto de sumario para asegurar la realización de las diligencias ordenadas».
«Además se resolvió tener presente por el momento las solicitudes formuladas por el Fiscal en los términos de los arts. 294 y 283 del CPPN, por considerar que las pruebas reunidas hasta el momento no permiten conformar el estado de sospecha que exige el propio art. 294», sostuvo.
El artículo 294 establece: «Cuando hubiere motivo bastante para sospechar que una persona ha participado en la comisión de un delito, el juez procederá a interrogarla; si estuviere detenida, inmediatamente, o a más tardar en el término de veinticuatro (24) horas desde su detención. Este término podrá prorrogarse por otro tanto cuando el magistrado no hubiere podido recibir la declaración, o cuando lo pidiere el imputado para designar defensor».
Es decir, el juez Rodríguez entendió que aún no hay elementos para disponer la indagatoria de De Vido, y por lo tanto no hay razones para analizar un pedido de desafuero y/o detención.
El martes pasado, Stornelli solicitó la indagatoria y detención de 23 personas, encabezadas por De Vido, su segundo Roberto Baratta; el ex secretario de Minería Jorge Mayoral, y directivos de YCRT por haber malversado casi 265 millones de pesos que debían destinarse la reactivación de la mina de carbón de Río Turbio.
En el caso de De Vido, Stornelli pidió además que se le quiten los fueros parlamentarios.
La decisión del juez Rodríguez llegó sin que la defensa de De Vido le hubiera hecho un planteo de eximición de prisión, como el que habían logrado ayer tres ex directivos de Yacimientos Carboníferos de Río Turbio (YCRT) o los que se sumaron hoy de otros de los 23 imputados en la causa.
Uno de ellos fue Roberto Baratta, a cargo de Coordinación y Control de Gestión del Ministerio de Planificación Federal, señalado como la mano derecha de De Vido en su función.
Según fuentes judiciales, los abogados de De Vido entendieron que ellos estaban a derecho, se habían presentado para ponerse a disposición de la causa y eventualmente cualquier decisión que tomara el juez y que amenazara la libertad de su cliente tenia que pasar primero por el Congreso, por sus fueros parlamentarios.
No obstante, los términos de la resolución que había firmado ayer Rodríguez sobre los que consiguieron la eximición de prisión dejaron tranquilos a la mayoría de los imputados, al menos, en cuanto a disponer eventuales detenciones.
«Es necesario tener en cuenta que la única justificación constitucionalmente válida para mantener privada de su libertad a una persona durante el proceso, cuando aún goza de la presunción de inocencia, es la existencia de peligro procesal», sostuvo el juez.
Añadió, en ese sentido, que la detención debería concretarse solo ante «la existencia de elementos de convicción suficientes para presumir que intentará fugarse o que estando en libertad entorpecerá el desarrollo de la investigación».
Mientras, ordenó abrir una causa aparte para investigar la filtración del dictamen de Stornelli por pedido de un abogado, el juez decidió implantar el secreto de sumario por el término de 10 días.
(Fuente: DyN)