Es por infrigir el registro «No llame». Las sanciones pueden llegar a la suspensión o el bloqueo de las bases de datos con fines publicitarios que posee el infractor. El Registro cuenta con más de 300 mil inscriptos en todo el país. La inscripción es gratuita, sencilla y de alcance nacional, y puede realizarse a través del 146 o de la web www.nollame.gob.ar.
La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales (PDP) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación ya intimó a más de 40 empresas por presuntas infracciones a la Ley nacional “No Llame”. El Registro cuenta con más de 300 mil inscriptos en todo el país, y recibe periódicamente denuncias de usuarios que continúan siendo contactados por varias empresas con fines publicitarios.
El órgano de control del Registro Nacional “No Llame” informó que se recibieron más de 5 mil denuncias desde su puesta en marcha, lo que derivó en intimaciones a más de 40 empresas para que dejen de llamar a estos usuarios. Una vez constatada la infracción, la PDP puede imponer multas de mil a cien mil pesos. Las sanciones pueden llegar a la suspensión o el bloqueo de las bases de datos con fines publicitarios que posee el infractor.
La inscripción en el Registro es gratuita, sencilla y de alcance nacional, y puede realizarse llamando al 146 o al 0800-444-3360, o a través del sitio web www.nollame.gob.ar las 24 horas del día, todos los días. Los usuarios inscriptos que continúan recibiendo llamadas con fines publicitarios pueden ingresar en la opción “me siguen llamado” del portal web o realizar su denuncia en la línea 146.
ABC no llame
-El registro concentra los números telefónicos de titulares que manifiesten su decisión de no ser contactados por las empresas que publiciten, oferten, vendan o regalen bienes o servicios mediante servicios de telefonía (cualquiera sea su modalidad): telefonía básica, móvil, servicios de radiocomunicación móvil celular, comunicaciones móviles, SMS por IP, voz por IP, y cualquier otro servicio similar que la tecnología permita.
-A la PDP también le corresponderá individualizar e incorporar, dentro de las modalidades de servicios de telefonía, a aquellos nuevos servicios que la tecnología ofrezca en el futuro y sean compatibles con el objeto de la Ley N° 26.951. Para ellos deberá intervenir la Secretaría de Comunicaciones dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.
-Quienes utilicen los servicios de telefonía con el propósito de publicitar, vender o regalar bienes o servicios, no podrán dirigirse a los inscriptos en el Registro Nacional No Llame, debiendo consultar cada 30 días la base de datos proporcionada por la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales con los teléfonos inscriptos. Para acceder a ella, las empresas que realizan marketing deberán previamente registrarse y generar un usuario y contraseña.
-Si pese a estar debidamente inscripto el titular o usuario de la línea telefónica recibiera llamadas o mensajes publicitarios, podrá denunciar a la empresa infractora desde la página web o llamando al 146. En el caso de que se constate la infracción, el organismo de control (la PDP) podrá aplicar sanciones de apercibimiento, suspensión, multas que ascienden de mil pesos (mostrar.000) a cien mil pesos (0.000), o la clausura o cancelación del archivo, registro o banco de datos.
MM/LC