Tramite de Nacimientos
2. Nacimientos
Valor D.N.I.:
de 0 a 6 meses: sin cargo
más de 6 meses: $ .-
2.1 Inscripción
de nacimiento
¿Dónde se puede inscribir?
En el Registro Civil del CGP que corresponde al domicilio del/los
padres, al asignado por sanatorio o en la delegación del hospital del
GCBA, donde nació el bebé.
¿Quiénes pueden inscribir?
Si son casados:
- El padre o madre acreditando Libreta
o Partida.
- El interviniente en los sanatorios
que lo tuvieren.
Si no son casados: ambos padres.
Plazo: 40 días hábiles a partir del día de
nacimiento.
Fuera de término:
Desde los 41 días hábiles hasta los 6 años, puede realizar el trámite
de inscripción tardía.
Valor del trámite: $ .-
Después de los 6 años: Sólo se puede
realizar la incripción judicialmente.
HORARIOS:
Lunes a Viernes de 9.30 a 14.30 horas.
Requisitos:
- Certificado médico.
- DNI original y fotocopia de ambos
padres.
- Si son casados, Libreta de
matrimonio o partida o certificado de matrimonio (original).
Aclaración:
Si no se encuentran
comprendidos dentro de los casos indicados deberá consultar en
forma personal, telefónica o
correo electrónico. |
¿Que es
testimonio?
Transcripción íntegra y literal del acta: (nacimiento - matrimonio -
defunción) o fotocopia certificada por oficial público.
Ver todos los tramites disponibles |