2
· La cantidad de años de servicios con aportes exigida
para acceder a la prestación es de 30 (treinta) computables en
uno o más regímenes comprendidos en el sistema de reciprocidad
jubilatoria.
3 · Si
al momento de solicitar la jubilación, no reúne la cantidad de
años con aportes exigida para acceder a las prestaciones (30
años), usted podrá:
- Si excede la edad mínima, puede compensar 1 (un)
año de servicio por cada dos (2) años de edad excedente y / o
- Hacer uso de la Declaración Jurada por tareas en
relación de dependencia o autónomas , desempeñadas con
anterioridad al 1/1/69. La cantidad de años en estas
condiciones, que podrá computar de acuerdo al año de cese o
presentación, es la detallada en la siguiente tabla :
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