La empresa informó esta tarde la decisión de “recurrir la resolución” de la jueza Carrión de Lorenzo “previo análisis y decisión por parte de su nuevo Directorio y en salvaguarda del interés público y el de sus accionistas”. La compañía, en el comunicado, enfatiza que la decisión fue tomada por «su nuevo Directorio», de manera de dejar en claro que la posición -defendida de manera insistente por el saliente titular de YPF, Miguel Galuccio- también es compartida por los directivos que asumieron la conducción de la empresa el 21 de diciembre pasado, tras la asunción del presidente Mauricio Macri. La postura de YPF fue refrendada de manera parcial hace dos semanas por la titular de la Oficina Anticorrupción, Laura Alonso, quien afirmó que existe «un desarrollo técnico y jurídico muy impresionante y profundo justificando por qué YPF entrega el contrato, pero lo hace testado» y que por ese motivo «hay cláusulas de confidencialidad que entrarían en el régimen de excepciones del decreto 1172/2003” anexo a Ley de Acceso a la Información. «Hay secretos de tipo comercial, científico y tecnológico que deben ser resguardados para de alguna manera favorecer las inversiones y el desarrollo de algún tipo de industrias y en este caso sería la del petróleo», indicó al revisar la postura que hiciera pública en su momento en favor de la difusión íntegra de los documentos, antes de llegar a la Oficina Anticorrupción. En el comunicado distribuido esta tarde, la petrolera sostuvo que “la resolución del juzgado no tuvo en cuenta el pedido de audiencia que efectuó YPF y no estableció recaudos que impidan la divulgación a terceras partes ajenas al proceso (empresas competidoras y otros actores) de información con claro valor geológico, comercial, técnico e industrial”. Para la empresa la ausencia de dichos recaudos, previstos en el régimen de Acceso a la Información Pública, “coloca a YPF en una situación de desventaja competitiva con consecuencias adversas para el desarrollo de Loma Campana y futuros proyectos de la compañía”. Fuentes de la empresa aclararon a Télam que YPF no apela la decisión de entregar a la Justicia el texto completo del acuerdo con Chevron -suscripto en julio de 2013- sino que recurre a la falta de recaudos para que ciertas cláusulas de carácter comercial se hagan públicas y afecten la estrategia de negocios de la empresa ante futuros acuerdos similares de inversión. La Corte Suprema había ordenado en diciembre que se difundiera el contrato entre las petroleras a instancias de una causa iniciada por el ex senador nacional Rubén Giustiniani (Socialista) actualmente diputado provincial por Santa Fe, y a instancias de la resolución del máximo tribunal la jueza reclamó a YPF la entrega del documento. En uno de los párrafos del pronunciamiento, la Corte entendió que el derecho de difusión del acuerdo “corresponde a cualquier persona para ejercer el control democrático de las gestiones estatales, de forma tal que puedan cuestionar, indagar y -considerar si se está dando un adecuado cumplimiento a las funciones públicas. La información no pertenece al Estado sino que es del pueblo de la Nación Argentina”. La celebración de dicho acuerdo tomó estado público en virtud de la comunicación efectuada por la propia YPF a la Comisión Nacional de Valores el 16 de julio de 2013 de acuerdo a la legislación vigente, dada su condición de sociedad sujeta al régimen de oferta pública, al tiempo que realizó todas las comunicaciones necesarias a la Securities Exchange Commission de los Estados Unidos. “YPF cumple sistemáticamente con la remisión de información a las distintas autoridades de aplicación a nivel nacional y provincial que regulan y supervisan su actividad”, aseveró la empresa al afirmar que demostró “en reiteradas oportunidades y con diversos instrumentos su buena predisposición y transparencia para ampliar el conocimiento que se tiene sobre este acuerdo”. También destacó la compañía que “generó, en más de una oportunidad, instancias de au
YPF apelará la decisión de la jueza de entregar el acuerdo completo con Chevron
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