En un comunicado difundido este mediodía, YPF informó lo siguiente: YPF apelará la decisión de la jueza en lo Contencioso Administrativo Federal María José Sarmiento de hacer lugar a una acción de amparo presentada por el diputado nacional Manuel Garrido para acceder al acuerdo entre YPF y Chevron. Cabe señalar que la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, que es la que tiene que resolver la apelación, ya ha rechazado un planteo idéntico al efectuado por Garrido, que en su momento realizó el senador Rubén Giustiniani. La cámara señaló en aquella oportunidad: “YPF debe recibir el tratamiento de una sociedad anónima regida por el capítulo II, Sección V de la ley 19.550, no encontrándose alcanzada por el régimen de acceso a la información pública”. Estas decisiones reafirman que todo lo actuado por YPF se encuentra dentro de la legalidad. YPF es una Sociedad Anónima, según el artículo 15 de la ley 26.741, y que cumplió con todas las obligaciones que surgen de la ley de Sociedades Comerciales y de la de Mercado de Capitales, por ser una sociedad que cotiza en la Bolsa de Buenos Aires y en la de Nueva York. YPF difundió oportunamente todos los aspectos materiales del contrato celebrado con Chevron en los Hechos Relevantes del 16 de julio, 28 y 29 de agosto y 10 de diciembre de 2013, y 10 de abril de 2014; los Estados Contables auditados, que fueron presentados ante la Comisión Nacional de Valores y la Bolsa de Comercio de Buenos Aires; y el informe anual (20F) comunicado a la Securities and Exchange Commission (SEC), de Nueva York. Todas estas comunicaciones al mercado fueron acompañadas por sus respectivos informes de prensa. Además, el 29 de agosto de 2013, el propio presidente de YPF y el presidente de Chevron para las operaciones de exploración y producción en África y América latina encabezaron una conferencia de prensa para explicar en profundidad todos estos aspectos del acuerdo.
YPF apelará una decisión judicial que hizo lugar a un amparo para acceder al acuerdo con Chevron
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