La AFIP obligará a
los cartoneros a inscribirse como monotributistas
De esta manera, podrán acceder a
beneficios sociales y previsionales. El organismo decidió también
crear un registro fiscal de Comercializadores de Materiales a
Reciclar, que abarcará a los recicladores, acopiadores, galponeros y
los establecimientos industriales y comerciales
Los recicladores de residuos urbanos,
o cartoneros, podrán inscribirse ante la Administración Federal de
Ingresos Públicos (AFIP) como monotributistas, anunció hoy este
organismo recaudador.
La AFIP también establecerá "un Registro Fiscal para los distintos
actores del proceso de reciclaje de basura", como acopiadores,
galponeros y quienes comercializan el material a reciclar, señala un
comunicado.
El empadronamiento de los cartoneros se hará "en las dos categorías
iniciales, con la eventual ayuda de entidades intermedias y
municipios, con lo cual obtendrán beneficios sociales y
previsionales", indica el texto.
El organismo informó que también "se estableció un mecanismo de
retenciones a cuenta del impuesto a las ganancias y al IVA, en todas
las compraventas que se realizan en la cadena de valor vinculada con
el reciclaje de la basura".
La AFIP dispuso que "quien realice la primera compra de material a
reciclar a los cartoneros deberá emitir un documento que reemplazará
la factura de venta".
"En ella tendrá que detallar las características de la operación e
identificar al vendedor. Además, deberá informar a la AFIP la nómina
de los recolectores involucrados", agrega.
Según el comunicado, al adquirir el material de los cartoneros, los
recicladores tendrán dos opciones: "hacerse cargo del pago del
monotributo de aquéllos o efectuar un pago a cuenta del Impuesto a
las Ganancias por cada venta del producto reciclado".
En este marco "las alícuotas serán crecientes cuando el sujeto
retenido no se encuentre inscripto en el Registro", indica el
comunicado.
El sistema exime de esta operatoria los monotributistas que estén
incorporados a cooperativas de trabajo o que operen mediante
entidades intermedias o entes colectivos, como asociaciones o
federaciones, entre otros.
En este caso, será el ente el que fracturará las ventas, según las
disposiciones del régimen general, y se hará cargo del monotributo
de sus integrantes
QUE
ES EL MONOTRIBUTO?
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