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Elecciones 2009: qué se vota, como se vota, como se reparten los cargos, quienes son los candidatos

28 de junio: que se vota en la Provincia de Buenos Aires En la provincia de Buenos Aires, además de los Diputados Nacionales se renuevan cargos provinciales, diputados, senadores, concejales y consejeros Escolares:

En la provincia de Buenos Aires, además de los Diputados Nacionales se renuevan cargos provinciales, diputados, senadores, concejales y consejeros Escolares:

* 23 Senadores provinciales titulares
* 15 Senadores provinciales suplentes
* 46 Diputados provinciales titulares
* 28 Diputados provinciales suplentes
* 1030 Concejales Titulares
* 660 Concejales suplentes
* 359 Consejeros Escolares Titulares
* 359 Consejeros Escolares suplentes

La provincia de Buenos Aires se divide en 8 secciones y los Diputados y Senadores Provinciales se distribuyen de la siguiente manera:

Los Senadores provinciales se eligen en la Sección 1ra, 4ta, 5ta, 7ma

* 1ra Sección:

8 Senadores Provinciales Titulares
5 Senadores Provinciales Suplentes

* 4ta Sección

7 Senadores Provinciales Titulares
4 Senadores Provinciales Suplentes

* 5ta Sección

5 Senadores Provinciales Titulares
3 Senadores Provinciales Suplentes

* 7ma Sección

3 Senadores Provinciales Titulares
3 Senadores Provinciales Suplentes

Los Diputados Provinciales se eligen en la sección 2da, 3ra, 6ta, 8va:

* 2da Sección:

11 Diputados Provinciales Titulares
8 Diputados Provinciales Suplentes

* 3ra Sección

18 Diputados Provinciales
8 Diputados Provinciales Suplentes

* 6ta Sección

11 Diputados Provinciales Titulares
8 Diputados Provinciales Suplentes

* 8va Sección (Capital - La Plata)

6 Diputados Provinciales Titulares
4 Diputados Provinciales Suplentes

¿Como se forman las secciones?

Cada uno de los partidos en que se divida la Provincia, constituirá un distrito electoral; los distritos electorales serán agrupados en secciones electorales. No se formará ninguna sección electoral a la que le corresponda elegir menos de tres senadores y seis diputados. La capital de la Provincia formará una sección electoral.

Para las elecciones de concejales y consejeros escolares, cada uno de los partidos en que se divide la Provincia, constituye un Distrito Electoral.

Elecciones de Diputados

Esta Cámara se compondrá de noventa y dos diputados. El cargo de diputado durará cuatro años, pero la Cámara se renovará por mitad cada dos años.

Elección de Senadores

Esta Cámara se compondrá de cuarenta y seis senadores. El cargo de senador durará cuatro años, pero la Cámara se renovará por mitad cada dos años.

Sistema electoral ¿Cómo se reparten los cargos?

Art. 109 - Hecha la suma general de los votos computados de cada Sección o Distrito Electoral y las del número de sufragios que haya obtenido cada una de las boletas de los partidos o candidatos, clasificando éstas según la denominación con que fueron oficializadas, la Junta Electoral procederá del modo y en el orden siguiente:


1. Dividirá el número total de sufragios por el número de candidatos que corresponde elegir, según la convocatoria. El cociente de esta operación será el cociente electoral;
2. Dividirá por el cociente electoral el número de votos obtenidos por cada lista, los nuevos cociente indicarán los números de candidatos que resulten electos en cada lista.
3. Las listas cuyos votos no alcancen el cociente carecerán de representación;
4. Si la suma de todos los cocientes no alcanzase el número total de representantes que comprenden la convocatoria, se adjudicará un candidato más a cada una de las listas cuya división por el cociente electoral haya arrojado mayor residuo, hasta completar la representación con los candidatos de la lista que obtuvo mayor número de sufragios en la elección. En caso de residuos iguales, se adjudicará el candidato al partido que hubiere obtenido mayoría de sufragios.

Para determinar el cociente no se computarán los votos en blanco y anulados.

Art. 110 - Cuando ningún partido político llegare al cociente electoral, se tomará como base el cincuenta (50) por ciento del mismo, a los efectos de adjudicar la representación.
No lográndose el mismo, se disminuirá en otro cincuenta (50) por ciento, y así sucesivamente hasta alcanzar el cociente que permita la adjudicación total de las representaciones.
Si la cantidad de partidos políticos que alcanzaren el cociente electoral fuera superior al de bancas a distribuir éstas les serán adjudicadas a los que hubieren obtenido mayor numero de sufragios

Sepa donde votar aquí. Padrones definitivos

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