Campañas Electorales: ¿qué son,
cuánto duran, cómo se financian, cuáles son los límites en materia
de publicidad?
¿Qué es una campaña electoral?
Según establece el
Código Electoral Nacional, en su artículo 64 bis, se entiende
por campaña electoral al “conjunto de actividades desarrolladas por
las agrupaciones políticas, sus candidatos o terceros, mediante
actos de movilización, difusión, publicidad, consulta de opinión y
comunicación, presentación de planes y proyectos, debates a los
fines de captar la voluntad política del electorado”, las que se
deberán desarrollar en un clima de tolerancia democrática.
¿Cuánto duran las campañas?
Los plazos asignados para la campaña
electoral se diferencias si se trata de:
- Elecciones primarias:
la campaña se iniciará treinta (30) días antes de la fecha de
los comicios y finaliza cuarenta y ocho (48) horas antes del
inicio del acto eleccionario. Es decir, tiene una duración total
de veintiocho (28) días.
- Elecciones nacionales:
la campaña se inicia treinta y cinco (35) días antes de la fecha
de los comicios y finaliza cuarenta y ocho (48) horas antes del
inicio del acto eleccionario. Es decir, tiene una duración total
de treinta y tres (33) días.
¿Cómo se financian las campañas
electorales?
El régimen de financiamiento de las
campañas electorales en la Argentina es mixto; es decir, son
financiadas tanto con aportes provenientes del Estado como con
donaciones privadas.
Para garantizar la equidad en el
financiamiento y reducir las brechas entre los gastos efectuados por
los diversos candidatos, ampliando las posibilidades de competencia
a los partidos más pequeños, la nueva Ley prevé que: para las
elecciones nacionales, los fondos correspondientes al aporte público
para la campaña electoral se distribuirán en un 50% de manera
igualitaria entre las agrupaciones políticas participantes. El
remanente, será distribuido en proporción a los votos obtenidos por
cada agrupación en la elección nacional anterior para la misma
categoría. En el caso de las elecciones primarias, se asignará a
cada agrupación el 50% de lo que le correspondería en la nacional.
Asimismo, la nueva normativa avanza
en términos de transparencia al establecer en su artículo 44 bis la
prohibición “de toda donación o contribución a una agrupación
política por personas de existencia ideal”, librando a los
candidatos de tener que responder, una vez en el poder, a
compromisos asumidos con los poderes fácticos que hubieran realizado
aportes en sus campañas
¿Cómo se financian las campañas
electorales?
El régimen de financiamiento de las
campañas electorales en la Argentina es mixto; es decir, son
financiadas tanto con aportes provenientes del Estado como con
donaciones privadas.
Para garantizar la equidad en el
financiamiento y reducir las brechas entre los gastos efectuados por
los diversos candidatos, ampliando las posibilidades de competencia
a los partidos más pequeños, la nueva Ley prevé que: para las
elecciones nacionales, los fondos correspondientes al aporte público
para la campaña electoral se distribuirán en un 50% de manera
igualitaria entre las agrupaciones políticas participantes. El
remanente, será distribuido en proporción a los votos obtenidos por
cada agrupación en la elección nacional anterior para la misma
categoría. En el caso de las elecciones primarias, se asignará a
cada agrupación el 50% de lo que le correspondería en la nacional.
Asimismo, la nueva normativa avanza
en términos de transparencia al establecer en su artículo 44 bis la
prohibición “de toda donación o contribución a una agrupación
política por personas de existencia ideal”, librando a los
candidatos de tener que responder, una vez en el poder, a
compromisos asumidos con los poderes fácticos que hubieran realizado
aportes en sus campañas
¿Cómo se regula la publicidad
electoral en medios audiovisuales?
Tomando como ejemplo la
implementación de regulaciones vinculadas a la publicidad en países
como Chile, México, Brasil, España, Francia y Portugal, la Nueva Ley
Electoral reduce el tiempo de duración de las campañas electorales y
prohíbe a las agrupaciones políticas la contratación en forma
privada de espacios de publicidad audiovisual para la transmisión de
sus mensajes de campaña, otorgando la exclusividad de la
distribución a la Dirección Nacional Electoral.
Así, las agrupaciones políticas
únicamente podrán hacer uso de publicidad audiovisual los veinte
(20) días anteriores a la fecha en que se celebren las elecciones
primarias y los veinticinco (25) días previos a la fecha fijada para
los comicios nacionales.
Además, se asegura una distribución
igualitaria del 50% del total del tiempo de publicidad audiovisual
entre todos los partidos que compitan en la elección.
Estas regulaciones, reducirán las
brechas de los gastos entre los distintos candidatos, ampliando las
posibilidades de competencia a los partidos más pequeños o con menor
capacidad de acceso al financiamiento. También, disminuirá
profundamente los costos de las campañas, ya que los espacios
asignados por el Estado son cedidos por los medios de comunicación,
sin significar costo alguno para las arcas públicas
En tiempos de campaña electoral ¿qué
otras regulaciones prevé la Nueva Ley Electoral para garantizar la
transparencia en el acceso a la información?
La nueva Ley electoral establece la
creación del Registro de Empresas de Encuestas y Sondeos de
Opinión, en el que deben inscribirse todas las empresas que
deseen hacer públicas encuestas de opinión o prestar servicios a las
agrupaciones políticas o a terceros, durante la campaña electoral.
La publicidad de los informes de cada trabajo realizado, permitirá
transparentar el funcionamiento y difusión de los sondeos, para que
la ciudadanía conozca quién ha contratado y bajo qué metodología ha
sido elaborado cada estudio difundido en los medios de comunicación.
Sin duda, el Registro permite dotar
al sistema de mayores niveles de transparencia, toda vez que con él
se amplía el marco de protección del derecho de acceso a la
información, al evitar que tales estudios puedan ser utilizados como
instrumentos de manipulación del elector.
Para conocer el listado de empresas
registradas, consultá en
http://www.pjn.gov.ar/
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