¿Qué se vota en las
elecciones nacionales?
El 23 de octubre, elegiremos a nuestros representantes para los distintos
cargos electivos nacionales, entre los candidatos proclamados en las
elecciones primarias.
En las elecciones nacionales, los ciudadanos votaremos:
Presidente y Vicepresidente de la Nación, en todo el país.
130 Diputados Nacionales, en todas las provincias y en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
24 Senadores Nacionales, en las provincias de Buenos Aires, Formosa, Jujuy,
La Rioja, Misiones, San Juan, San Luis y Santa Cruz.
¿Quiénes votan en
las elecciones nacionales?
Todos los ciudadanos -nativos, por
opción o naturalizados- que tengan 18 años o más al 23 de octubre,
tienen el derecho y el deber cívico de votar en las elecciones
nacionales.
La inasistencia al sufragio debe justificarse, en caso de
enfermedad, causas de fuerza mayor o distancia geográfica, dentro de
los sesenta días de celebrarse la elección, presentando los
correspondientes certificados ante la Justicia Electoral con
competencia electoral de su distrito.
Para verificar si figurás correctamente en el padrón
consulta en
www.padron.gob.ar o
aquí
¿Quiénes pueden
presentar candidaturas en las elecciones nacionales?
Las agrupaciones políticas -esto es,
partidos políticos, alianzas y confederaciones de partidos- son las
únicas instituciones habilitadas para postular candidaturas en las
elecciones nacionales.
Ahora bien, las agrupaciones políticas no podrán intervenir en los
comicios nacionales bajo otra modalidad que postulando a los que
resultaron electos y por las respectivas categorías, en la elección
primaria, siempre que para la elección de senadores y diputados de
la Nación hayan obtenido como mínimo un total de votos -considerando
los de todas sus listas internas- igual o superior al uno y medio
por ciento (1,5 %) de los votos válidamente emitidos en el distrito
de que se trate para la respectiva categoría. En tanto, para la
categoría de presidente y vicepresidente se entenderá el uno y medio
por ciento (1,5 %) de los votos válidamente emitidos en todo el
territorio nacional.
Asimismo, podrán postular exclusivamente a quienes resultaron
electos y por las respectivas categorías, en la elección primaria
Las agrupaciones políticas que en
las elecciones primarias no obtengan el umbral de votos mínimo del
1,5% del total de votos válidos del distrito ¿pueden presentar
candidatos en elecciones nacionales en alianza con otros partidos?
No, dado que la Ley establece como
tiempo límite para constituir las alianzas hasta 60 días antes de la
fecha en que se celebren las elecciones primarias, con posterioridad
a la cual no podrán modificarse ni presentarse nuevas alianzas.
¿Cómo se oficializan
las candidaturas?
Una vez realizada la proclamación de
las listas resultantes de las elecciones primarias y hasta cincuenta
días anteriores a la elección nacional, las agrupaciones políticas
deberán registrar ante el Juzgado Federal con competencia electoral
de que se trate las listas de los candidatos proclamados. La
presentación de las fórmulas de candidatos a Presidente y
Vicepresidente de la Nación, se realizará ante el Juez Federal con
Competencia Electoral de la Capital Federal.
Para el registro de los candidatos y pedido de oficialización de
listas, son exigidos los siguientes requisitos:
- Las agrupaciones políticas no
podrán intervenir en los comicios nacionales bajo otra modalidad
que postulando a los que resultaron electos y por las
respectivas categorías, en la elección primaria, siempre que
para la elección de senadores y diputados de la Nación hayan
obtenido como mínimo un total de votos -considerando los de
todas sus listas internas- igual o superior al uno y medio por
ciento (1,5 %) de los votos válidamente emitidos en el distrito
de que se trate para la respectiva categoría. En tanto, para la
categoría de presidente y vicepresidente se entenderá el uno y
medio por ciento (1,5 %) de los votos válidamente emitidos en
todo el territorio nacional.
- Todos los candidatos deberán
reunir las condiciones propias del cargo para el cual se
postulan y no podrán estar comprendidos en alguna de las
inhabilidades legales.
Todas las listas deberán cumplir con
el porcentaje mínimo de mujeres requerido por la Ley Nº 24.012 y el
Decreto Nº 1246/2000. A saber:
- Las listas deberán tener mujeres
en un mínimo del treinta por ciento (30%) de los candidatos a
los cargos a elegir y en proporciones con posibilidad de
resultar electas.
- En el caso de la categoría
senadores nacionales, para cumplir con dicho cupo mínimo, las
listas deberán estar conformadas por dos personas de diferente
sexo, tanto para candidatos titulares como suplentes.
Cada agrupación política podrá
presentar una sola lista por categoría, no admitiéndose la
coexistencia de listas (aunque sean idénticas) entre las alianzas y
los partidos que las integran.
Junto al pedido de oficialización de listas, las agrupaciones
políticas deberán presentar datos de filiación completos de sus
candidatos, el último domicilio electoral y una declaración jurada
suscrita individualmente por cada uno de ellos, donde se manifieste
no estar comprendido en ninguna de las inhabilidades previstas en la
Constitución Nacional, en el Código Electoral Nacional, en la Ley
Orgánica de los Partidos Políticos y en la Ley de Financiamiento de
los Partidos Políticos
¿Quiénes pueden ser
candidatos en las elecciones nacionales?
Únicamente pueden ser candidatos en
las elecciones nacionales quienes hayan resultado electos y por las
respectivas categorías, en las elecciones primarias
¿Cuándo y dónde se
vota en las elecciones nacionales? ¿Dónde y cuándo puedo consultar
el lugar de votación?
Las Elecciones Nacionales se
celebrarán en todo el territorio nacional el próximo 23 de octubre.
Se votará en el mismo lugar que en las primarias, que, dado que en
las Elecciones 2011 las mesas electorales serán mixtas, muy
probablemente no sea el mismo lugar en el que cada ciudadano votó en
las elecciones de 2009.
Por ello, se aconseja verificar el lugar de votación a partir del 30
de julio ratificar la ubicación de la mesa electoral a partir del 23
de septiembre.
Los padrones
definitivos podrán consultarse:
- Por internet:
www.padron.gob.ar o
aquí
- Telefónicamente, llamando al
0800-999 PADRON (7237)
- Enviando un mensaje de texto
(SMS) al 64646, ingresando la palabra "voto"
(espacio) y el número de DNI seguido de la letra "M" o "F",
según el sexo del elector
¿Con qué documento
se vota en las elecciones nacionales?
Los documentos cívicos habilitantes
para votar son los siguientes:
- Documento Nacional de Identidad
(tapa verde o celeste).
- Libreta Cívica.
- Libreta de Enrolamiento.
El Nuevo DNI en formato
tarjeta NO es documento habilitante para votar. PARA VOTAR, ES
NECESARIO PRESENTAR EL DOCUMENTO CÍVICO QUE FIGURA EN EL PADRÓN O
UNA VERSIÓN POSTERIOR. Por ejemplo:
- si en el padrón figura LE y el
elector se presenta con su DNI.
- si figura con el DNI original y
se presenta con el DNI duplicado.
- si se presenta con un DNI
"ejemplar B" y figura con un DNI "ejemplar A".
Quienes se presenten a votar
con un documento con una versión anterior al que figura en el padrón
no podrán votar. Por ejemplo:
- si en el padrón figura DNI y el
elector se presenta con su LE.
- si figura con el DNI duplicado y
se presenta con el DNI original.
- si se presenta con un DNI
"ejemplar A" y figura con un DNI "ejemplar B".
¿Cómo se vota en las
elecciones nacionales?
En el cuarto oscuro encontraremos las
boletas de los partidos y alianzas, en distintos colores y con
fotografías de los precandidatos, para que cada elector pueda
identificar mejor la boleta de su preferencia. Cada agrupación
política mantendrá el color de la boleta que haya usado en las
elecciones primarias.
En cada categoría, cada elector podrá votar por una sola candidatura
o lista de candidatos de su preferencia. A diferencia de las
primarias, en las elecciones nacionales el votante podrá elegir una
boleta completa o cortar boleta por categoría de cargos UNICAMENTE
entre partidos y alianzas diferentes. Es decir, cada ciudadano puede
elegir una boleta completa o cortar boleta por categoría de cargos,
ÚNICAMENTE entre partidos y alianzas diferentes.
Luego de votar, el presidente de mesa sellará y firmará el documento
del elector y se lo devolverá
¿Qué sistema
electoral se aplica en las elecciones nacionales?
El sistema electoral varía de acuerdo
a la categoría de cargo, coexistiendo de este modo tres fórmulas
diferentes: sistema mayoritario con segunda vuelta electoral,
sistema mayoritario con lista incompleta y sistema de representación
proporcional.
- Presidente y
Vicepresidente: la elección para la fórmula
presidencial es directa a simple pluralidad de sufragios. Cuando
la fórmula más votada obtiene más del 45% de los votos o más del
40% con una diferencia mayor al 10% respecto de la fórmula que
la sigue en número de votos, la misma es proclamada
directamente. En caso contrario, se realiza una segunda vuelta
electoral entre las dos fórmulas más votadas, proclamándose la
que obtiene más votos.
- Senadores Nacionales:
Los Senadores Nacionales por las provincias y la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires se eligen en forma directa por el pueblo de las
mismas, que se consideran a este fin como distritos electorales.
El escrutinio de cada elección se practica por lista, resultando
electos los dos candidatos titulares correspondientes a la lista
que haya obtenido la mayoría de los votos emitidos y el primero
de la lista que le sigue en cantidad de sufragios.
- Diputados Nacionales:
Los Diputados Nacionales se eligen en forma directa por el
pueblo de cada provincia y de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, que se consideran a este fin como distritos electorales.
Cada elector vota por una sola lista de candidatos oficializada
cuyo número es igual al de los cargos a cubrir. El escrutinio de
cada elección se practica por lista y los cargos a cubrir se
asignan conforme al orden establecido por cada lista, previa
aplicación de la fórmula D'Hont de representación proporcional.
Las listas que no logren un mínimo del tres por ciento (3%) del
padrón electoral del distrito, quedan excluidas de la asignación
de cargos
¿Dónde puedo
informarme más sobre las elecciones nacionales?
Para obtener más información o
evacuar tus inquietudes sobre las elecciones primarias y las
nacionales, podés consultar:
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